El partido entre el Málaga CF y el Real Zaragoza vivió un momento de tensión cuando De La Fuente Ramos, árbitro del encuentro, detuvo el juego durante dos minutos, entre el 28’ y el 30’. Al percatarse de que un aficionado, ubicado en la grada de Fondo Norte de La Rosaleda, apuntaba con un puntero láser a los ojos del portero visitante, el entrenador rival y al colegiado principal. Según consta en el acta arbitral, esta situación ocurrió en una zona ocupada por seguidores del equipo local y obligó a que se comunicara por megafonía un apercibimiento de suspensión del encuentro. Ante esta situación, el Málaga CF ha lanzado un comunicado anunciando que colaborarán con la Policía para encontrar al infractor con el fin de erradicar este tipo de conductas.
El uso de punteros láser en LaLiga está tipificado como una infracción grave y podría acarrear una sanción económica al Málaga CF, en caso de que no se identifique al responsable. Para evitar este perjuicio, el club ha anunciado que colabora activamente con la Policía, revisando grabaciones audiovisuales, fotografías y las cámaras de seguridad de La Rosaleda para localizar al autor de los hechos.
En un extenso comunicado, el club daba información sobre las posibles sanciones y apuntaba lo siguiente:
«El Málaga Club de Fútbol recuerda que la normativa estatal (Ley 19/2007, 11 de julio) contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte resalta, en el artículo 2.1, como un acto o conducta violenta o que incita a la violencia en el deporte «aquellos que constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo».
En función de la gravedad de la conducta y de la trascendencia de esta en el evento deportivo, el artículo 24 de la ley prevé sanciones de tres tipos:
- Infracciones leves. De 150 a 3.000 euros y/o prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período comprendido entre un mes y seis meses.
- Infracciones graves. De 3.000,01 a 60.000 euros y/o prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período comprendido entre seis meses y dos años.
- Infracciones muy graves. De 60.000,01 a 650.000 euros y/o prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período comprendido entre dos y cinco años.
Normativa interna del Málaga CF
La normativa aplicable a los socios y abonados del Málaga CF durante la temporada 2024/2025 prevé en su artículo 29, letra f), como falta muy grave, «Impedir u obstaculizar el normal funcionamiento de las actuaciones promovidas por el Club». Dicha conducta puede ser sancionada con la suspensión de los derechos de socio y prohibición a todas las instalaciones del club por tiempo de hasta seis meses, o de cuatro a dieciocho partidos que el primer equipo dispute como local en La Rosaleda.
El Málaga Club de Fútbol condena este tipo de actos contrarios a los valores deportivos y desea hacer énfasis en que son de carácter aislado, de tal modo que no pueden perjudicar el ejemplar comportamiento de nuestra gran afición».
𝐂𝐎𝐌𝐔𝐍𝐈𝐂𝐀𝐃𝐎 𝐎𝐅𝐈𝐂𝐈𝐀𝐋 – Puntero láser
— Málaga CF (@MalagaCF) January 27, 2025
1⃣ Se trata de una infracción considerada como 𝐆𝐑𝐀𝐕𝐄.
2⃣ La sanción económica va de los 𝟑.𝟎𝟎𝟎€ a 𝟔𝟎.𝟎𝟎𝟎€.
3⃣ Puede acarrear la prohibición de acceder a un recinto deportivo de 𝐬𝐞𝐢𝐬 𝐦𝐞𝐬𝐞𝐬 a 𝐝𝐨𝐬… pic.twitter.com/Ni7asnqlsO
Ya tenemos caso Horta
Desde luego que hay que ser tonto lava de hacerse el gracioso por un momento con un puntero laser alumbrando a la cara de los Jugadores y Entrenador rival, ademas del daño que le puede ocasionar en la «Cornea del Ojo» en un Evento Deportivo.
Ojal pillen al Personaje por llamarlo de alguna manera.. Lo que no pasa en Malaga no pasa en otras partes..
P. D. Retirada de Carnet Socio, Multa Economica Ejemplar y Prohibicion a cualquier Recinto Deportivo (al menos 5 años) para que escarmiente.