El alcalde de Benalmádena, Juan Antonio Lara, ha mantenido hoy una reunión con la delegada territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía en Málaga, Carmen Sánchez Sierra, en las dependencias del Consistorio para tratar el tema de las subvenciones dirigidas a pymes y autónomos, que compensarán el sobrecoste energético de gas natural y de electricidad que sufrieron en el 2022 por la subida de los precios como consecuencia de la guerra contra Ucrania. El regidor ha destacado la gran labor que realiza esta Consejería que, tanto con el inicio de la pandemia, como tras el estallido de la guerra de Ucrania, “ha puesto en marcha ambiciosos paquetes de ayudas y toda una batería de medidas para ayudar a todos los empresarios y autónomos que se han visto afectados”. Juan Antonio Lara ha destacado las cuantías de estas ayudas, así como la celeridad con la que se tramitarán, “antes de que termine el año”, al mismo tiempo que ha aprovechado para agradecer la visita de la delegada y se ha puesto a disposición de su delegación provincial para todos aquellos asuntos que requieran de la colaboración directa entre ambas administraciones y sean beneficiosos para Benalmádena.
La convocatoria se trata de una medida urgente y extraordinaria, “dotada con Fondos Europeos e incluida en el Pacto Social y Económico firmado con los principales agentes económicos y sociales de Andalucía”, ha explicado la delegada, que ha destacado que esta línea “va a permitir ayudar económicamente a pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras por cuenta propia que se han visto especialmente afectadas por el incremento excepcional del precio de la energía y la crisis internacional de materias primas y suministros, desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022”.
La norma, según ha detallado la delegada, establece las condiciones para acceder a estas ayudas que serán abonadas antes de que finalice el presente año, y que oscilan entre los 300 euros y los 2.000.000 euros. Los potenciales beneficiarios serán las pymes y autónomos cuyo importe de la facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios, para el ejercicio 2022, haya sido igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad. La tabla con los porcentajes para cada grupo de actividad o CNAE quedan detallados en el Anexo I del Decreto ley, publicado en el BOJA extraordinario.
Una vez verificada la condición de ‘especialmente afectada’ de la pyme o persona trabajadora autónoma solicitante de la ayuda, el cálculo de la misma se basará en el consumo de gas natural y/o electricidad adquirido a proveedores externos y abonado por el solicitante, para lo cual éste deberá ser necesariamente titular de los contratos en el período objeto de la subvención.
La Junta de Andalucía tiene establecido con las comercializadoras energéticas un acuerdo de colaboración por el que éstas suministran a la administración los ficheros de datos de facturación de sus clientes, cumpliendo las normativas pertinentes de protección de datos. Esto permite la automatización de la misma, por lo que los solicitantes no tienen que adjuntar ninguna documentación para el cálculo de la ayuda. Tampoco será necesario que los beneficiarios justifiquen posteriormente la subvención, puesto que la ayuda se concede para financiar costes efectivos ya soportados y, por tanto, se habrá comprobado de oficio que esos importes han sido ya afrontados.
Cálculo de la ayuda
La subvención se concederá por el importe del sobrecoste de gas natural y/o electricidad soportado en el período subvencionable, esto es, desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de ese año. El cálculo de la ayuda tendrá en cuenta el denominado ‘precio de referencia’, es decir, el coste medio por KWh (kilovatio hora) de 2021 y su comparación con el soportado en el periodo subvencionable, siendo el importe de la subvención concedida la diferencia que existe entre ambos costes, es decir, el sobrecoste aplicado al consumo realizado durante el periodo subvencionable.Posteriormente, el pago a los beneficiarios de la ayuda se realizará en una única transferencia por el 100% del importe concedido, en la cuenta bancaria facilitada por el solicitante, y antes de que finalice el año 2023.
Entre otros requisitos para acceder a estas ayudas, destaca la obligatoriedad de que la pyme o autónomo desarrolle su actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía, que sean titulares de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operen en Andalucía y dispongan, al menos, de un punto de suministro (CUPS) en territorio andaluz. Además, deberá haber realizado durante el ejercicio 2021, al menos, una de las actividades económicas previstas en los códigos CNAE detallados en el Anexo I del Decreto ley y mantenerla en el ejercicio 2022.
En el caso de que la persona trabajadora autónoma tenga su lugar de trabajo en su vivienda habitual, sólo podrá ser beneficiaria de la ayuda cuando estén debidamente diferenciadas con contadores independientes del de la vivienda, ya que no serán subvencionables los consumos energéticos domésticos.
La comprobación del cumplimiento de los requisitos se realizará de oficio por el órgano gestor, utilizando medios de actuación administrativa automatizada. Por tanto, no es preciso aportar documentación alguna junto con la solicitud. Sólo en el caso de que la solicitud no la realice el beneficiario, sino un apoderado que no disponga de un certificado de representante, se requerirá únicamente la acreditación del apoderamiento. Toda la información puede consultarse en la web http://ayudasobrecosteenergetico.es