Las novedades judiciales siguen produciéndose en torno al Málaga CF. El martes 16 le fue comunicada a la administración judicial la autorización para vender los vehículos que el club y los Al Thani utilizaban para protocolo y desplazamientos privados, así como rescindir los alquileres de las viviendas y local que usaban cuando se quedaban en la provincia.
Además, también se les exige a los Al Thani que aporten cualquier documentación relativa a su gestión y que ha provocado la apertura de un expediente sancionador por parte de LaLiga por su gestión de esta temporada y hasta que fueron apartados de la misma.
Y sin olvidar, después de la inscripción de Nas Spain como sociedad que aglutina la mayoría accionarial (51% Al Thani, 49% Bluebay a través de Management Empresarial), la posibilidad de que se presenten como acusación particular en el caso que se sigue investigando.
Este es el escrito al que ha tenido acceso Radio Marca Málaga:
ESCRITO JUDICIAL
En relación a la venta de vehículos interesada por la Administración Judicial de Málaga Club de Fútbol, SAD., en su escrito de fecha 20/03/2020 (folio 61), dada la argumentación del Administrador en cuanto a la innecesariedad de la tenencia de los vehículos enumerados, y la necesidad de ahorro de costes a la que se hace mención, se autoriza a fin de llevar a cabo dicha venta en las condiciones mas favorables para la sociedad titular de los mismo.
En relación a la rescisión de los contratos de arrendamientos de vivienda y local de negocio, promovida por el Administrador en escrito de fecha 20/03/2020 (folio 24), a la vista de las alegaciones y documental aportada, se autoriza a llevar a cabo la rescisión de ambos contratos de arrendamiento de los que es titular la SAD, en las condiciones mas favorables para el club, y en aras a mejorar su situación económica mediante la reducción de los gastos que dichos alquileres están generando.
En relación a la apertura de Expediente Sancionador por parte de «La Liga» a Málaga Club de Fútbol, SAD, manifestada por la Administración Judicial en escrito de fecha 07/06/2020 (folio 493), requiérase a los investigados a fin que en el plazo de DOS DIAS aporten, si obra en su poder, documentación o pruebas requeridas por dicho organismo o realicen las alegaciones que estimen oportunas, al estar relacionadas con actuaciones llevadas a cabo previamente al nombramiento del Administrador Judicial, ello, sin perjuicio de las
actuaciones que correspondan al Administrador Judicial.
Finalmente, comunicándose por la Administración Judicial de Málaga Club de Fútbol, SAD, la inscripción en el Libro de Socios de la entidad la titularidad de las acciones en favor de NAS SPAIN 2000, S.L., siendo este requisito exigido a la entidad MANAGEMENT EMPRESARIAL MALAGA, S.L., para su personación en la presente causa en calidad de acusación particular, se tiene por personada en forma.
Con estas novedades judiciales en el Málaga CF se sigue avanzando en la gestión del administrador para buscar la viabilidad de la entidad malacitana.